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Ha concluido este martes la revisión del acta de la Comisión Permanente de Gobernación del Proyecto de Ley Reguladora del Código de Circulación Vial en la República de Guinea Ecuatorial. Ha sido un trabajo conjunto entre la Comisión Permanente de Gobernación con la presencia del Ministerio del Interior y Corporaciones Locales.
El acta, que recoge las enmiendas introducidas al articulado del Proyecto de Ley Reguladora del Código Circulación Vial en la República de Guinea Ecuatorial, ha vuelto a ser objeto de deliberaciones este martes en el seno de la Comisión Permanente de Gobernación con el objetivo de pulir todos los aspectos que pueden dificultar la comprensión del contenido de este texto legal a la hora de su aplicación.
Durante la sesión, los senadores y delegación del Ministerio del Interior y Corporaciones Locales, encabezada por su Ministro, Faustino Ndong Esono Ayang, han revisado las enmiendas introducidas en los artículos del 218 al 305, siendo el 242 y el 247 los artículos que han suscitado más debate, ya que hacen referencia a la definición de conductor profesional, entendido, según la comisión permanente, como toda persona provista de la debida autorización administrativa para conducir, y cuya principal actividad laboral es la conducción de vehículos a motor dedicados al transporte de mercancías o de personas, mientras que en el artículo 247 se definen las condiciones que debe reunir el personal examinador encargado de calificar las pruebas de control de aptitud y comportamiento para conducir, quien debe poseer la preparación adecuada para evaluar al aspirante del permiso de conducir.
La sesión ha servido para que ambas partes pudieran consensuar las observaciones y enmiendas de forma y de fondo a los más de 300 artículos que conforman el documento, que una vez adoptado por la Comisión Permanente de Gobernación será elevado al pleno para su definitiva aprobación si procede.
Texto y fotos: Gabinete de Prensa del Senado
Oficina de Información y Prensa de Guinea Ecuatorial
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