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Reproducimos el contenido íntegro de la disposición sancionada.
Disposición 152/2024 de fecha 7 de marzo 2023 por la que se dispone el desmantelamiento de los puestos callejeros de venta de saldo telefónico en todas las ciudades del ámbito nacional.
Teniendo en cuenta la ley número 8/1980 de fecha 9 de junio sobre orden público, constatado con sumo pesar el desorden de la venta desordenada de saldo telefónico en las calles de las ciudades del ámbito nacional y en muchas veces por expatriados deduciendo que dicha situación amén de su naturaleza pone también en riesgo la seguridad del Estado por no ser identificados los actores de dichas ventas. sin embargo, se constata que invaden las calles y vías pública de las ciudades del ámbito nacional, e su virtud, y haciendo uso de las prerrogativas que me confieren las disposiciones legales vigentes en materia de al orden público dispongo
Artículo 1: se prohíbe a todos los efectos y en todas calles de las ciudades del ámbito nacional, la venta de saldo telefónico en las circunstancias arriba descritas.
Artículo 2: Se excluye en el ámbito de aplicación del punto precedente, la venta de dichos productos en los puestos debidamente habilitados al efecto, ubicados en lugares adecuados y autorizados por los órganos competentes
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Artículo 3: el incumplimiento de la presente disposición por parte de los afectados, les tomarán medidas sancionatorias conforme establece el artículo 16 de la mentada ley de orden público
Artículo 4: Se insta a todos los actores de las fuerzas del orden y las autoridades comunitarias velar por el exacto cumplimiento de la presente disposición.
Hecho en Malabo, a 7 días del mes de marzo 2023
Por una Guinea mejor,
El Secretario de Estado de Seguridad Nacional, Eduardo Minang Enzema.